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La inocuidad no se audita, se construye desde adentro

México actualiza el Acuerdo de aditivos

Foto del escritor: Ing Esteban Díaz MNT
Ing Esteban Díaz MNT
24 ago
6 min de lectura


Acuerdo de Aditivos

¿Qué debe revisar la industria de alimentos?


La Secretaría de Salud publicó un nuevo marco para los aditivos y coadyuvantes utilizados en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios. Para las empresas, el cambio exige algo más que actualizar su archivo regulatorio.


El 21 de agosto de 2026, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo “Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias”.

Para la industria de alimentos en México se trata de una actualización regulatoria que merece atención.


Los aditivos están presentes prácticamente en todas las categorías de alimentos procesados: conservadores, antioxidantes, estabilizantes, emulsificantes, espesantes, colorantes, edulcorantes, reguladores de acidez y otras sustancias cumplen funciones tecnológicas esenciales.


Pero que una sustancia pueda utilizarse en alimentos no significa que pueda emplearse libremente en cualquier producto o concentración.


Su utilización depende de aspectos como la identidad del aditivo, su función tecnológica, la categoría del alimento, las condiciones establecidas para su uso y, cuando corresponda, los límites máximos permitidos.


Por ello, la publicación del nuevo Acuerdo debería provocar una pregunta inmediata dentro de las empresas:

¿Nuestros productos siguen cumpliendo con las condiciones actualmente establecidas para cada uno de los aditivos que utilizamos?

¿Qué es el Acuerdo de aditivos?


El Acuerdo es un documento regulatorio fundamental para alimentos, bebidas y suplementos alimenticios en México.


Su función es establecer las sustancias que pueden emplearse como aditivos y coadyuvantes de elaboración, así como las condiciones sanitarias aplicables a su utilización.


Hasta ahora, buena parte del trabajo regulatorio de las empresas continuaba teniendo como referencia el Acuerdo publicado en julio de 2012, posteriormente modificado en 2013 y 2016, además de las diferentes actualizaciones que COFEPRIS fue incorporando mediante los mecanismos previstos por la regulación.


El problema práctico era evidente: durante más de una década la información se fue distribuyendo entre el Acuerdo original, sus modificaciones y diferentes actualizaciones posteriores.


El nuevo documento busca consolidar y actualizar ese marco de referencia.


Una regulación que llevaba años acumulando cambios


La industria de alimentos no permanece estática.


Aparecen nuevos ingredientes, tecnologías, procesos y categorías de productos; cambian las evaluaciones toxicológicas y se actualizan las referencias internacionales utilizadas para evaluar la seguridad de determinadas sustancias.


Hasta antes de este nuevo Acuerdo podían encontrarse actualizaciones recientes en diferentes grupos.

Es obligatorio para todas las industrias revisar los ajustes del nuevo documento.


¿Mi aditivo está permitido para mi producto?


La respuesta es fundamental.


Una sustancia puede estar autorizada, pero eso no necesariamente significa que pueda utilizarse en cualquier alimento ni en cualquier concentración.


En algunos casos existen límites máximos específicos. En otros, el uso puede establecerse conforme a Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), lo que tampoco debe interpretarse como una autorización para utilizar cantidades arbitrarias.


La cantidad utilizada debe responder a una necesidad tecnológica y limitarse a la cantidad necesaria para obtener el efecto deseado.


¿Qué debes hacer ahora?


Esta es una buena oportunidad para realizar una revisión regulatoria completa de las formulaciones.


El primer paso debería ser generar un inventario de todos los aditivos utilizados por producto.


No solamente aquellos que aparecen de manera evidente en la etiqueta.


También deben considerarse los aditivos incorporados mediante ingredientes compuestos, mezclas, preparados, bases, saborizantes u otras materias primas.


Después, cada sustancia debería verificarse contra las condiciones establecidas en el nuevo marco.


La revisión tendría que considerar, al menos:

Identidad del aditivo.Confirmar que la sustancia utilizada corresponde exactamente con la reconocida por la regulación.

Función tecnológica.Determinar por qué se utiliza y cuál es su función dentro del producto.

Categoría de alimento.Verificar que el producto se encuentre dentro de una categoría en la cual esté permitido su uso.


Límite máximo.Cuando exista una concentración establecida, comprobar que la formulación no la exceda.


Buenas Prácticas de Fabricación.Cuando el uso esté autorizado bajo BPF, documentar la justificación tecnológica de la cantidad utilizada.


Especificaciones de materias primas.Revisar la información proporcionada por los proveedores, especialmente en ingredientes compuestos.


Etiquetado.Confirmar que la declaración de ingredientes siga correspondiendo con la formulación y los requisitos aplicables.


Atención a los ingredientes compuestos


Existe otro punto que puede pasar inadvertido.


Una empresa puede controlar perfectamente los aditivos que agrega directamente durante su proceso y, aun así, tener problemas regulatorios debido a los ingredientes que compra.


Una salsa, una premezcla, un saborizante, una cobertura, un preparado de fruta o cualquier ingrediente compuesto puede incorporar diferentes aditivos.


Por ello, la evaluación no debería limitarse a la fórmula interna de producción.


Las áreas regulatorias y de calidad necesitan conocer suficientemente la composición de las materias primas para determinar qué sustancias terminan presentes en el alimento y bajo qué condiciones.


Esto vuelve especialmente importante mantener actualizadas las especificaciones, fichas técnicas y documentación de proveedores.


Departamento R&D: tomar nota


Las áreas de investigación y desarrollo deberían incorporar el nuevo Acuerdo dentro de sus criterios de formulación.


Esperar hasta que un producto esté terminado para realizar la evaluación regulatoria puede resultar costoso. Deben comenzar a tener en cuenta que para cada desarrollo el uso de aditivos es fundamental saber que puedes probar y que no.


Descubrir al final del desarrollo que determinado aditivo no está permitido para la categoría, que la concentración debe reducirse o que debe sustituirse una materia prima puede significar reformulación, nuevas pruebas de vida de anaquel, cambios de proveedores e incluso modificaciones al etiquetado.


La revisión regulatoria debe comenzar desde la formulación, no cuando el producto está listo para imprimirse.


¿Y qué pasa con los productos importados?


Si importas productos, debes revisar elacuerdo también


Que una formulación sea legal en Estados Unidos, Europa, Asia o cualquier otro mercado no garantiza automáticamente que cumpla con los requisitos mexicanos.


Existen diferencias entre países respecto de sustancias autorizadas, categorías de alimentos, concentraciones máximas y condiciones de uso.


es importante que antes de comercializar un producto importado en México es necesario evaluar su formulación conforme al marco nacional.


Esta revisión adquiere especial importancia cuando se utilizan productos desarrollados originalmente para otros mercados y simplemente se pretende adaptar su etiqueta para México.


El cumplimiento no comienza con la traducción de la etiqueta.

Comienza con la formulación. Es recomendable acercarte con un especialista.


El caso de los colorantes demuestra que las listas pueden cambiar


La regulación de aditivos tampoco debe considerarse un documento estático.


Un ejemplo reciente ocurrió con la eritrosina (Rojo 3).


En mayo de 2026, la Secretaría de Salud publicó en el DOF un Acuerdo mediante el cual dejó insubsistente el numeral correspondiente a eritrosina y sus lacas dentro del Anexo III de colorantes con IDA establecida.


Este tipo de decisiones demuestra por qué las empresas necesitan mantener vigilancia regulatoria continua.


Una sustancia utilizada durante años puede enfrentar nuevas evaluaciones, restricciones o modificaciones en sus condiciones de uso conforme evoluciona la evidencia científica.


Del departamento regulatorio a compras, calidad y producción


Uno de los errores sería considerar que esta publicación corresponde únicamente al responsable de asuntos regulatorios.


El impacto puede alcanzar a diferentes áreas de la organización.


Investigación y desarrollo necesita conocer las sustancias disponibles para formular.

Compras debe asegurarse de obtener información adecuada de los proveedores.

Calidad necesita mantener especificaciones actualizadas y verificar el cumplimiento de las materias primas.

Producción debe controlar las cantidades utilizadas conforme a las formulaciones autorizadas.

Etiquetado debe reflejar correctamente la composición del producto.

Y la dirección debe comprender que un cambio regulatorio aparentemente pequeño puede terminar provocando reformulaciones, cambios de proveedor, nuevos empaques o ajustes en inventarios.


Una buena oportunidad para revisar el portafolio completo


El nuevo Acuerdo no debería quedarse almacenado en una carpeta llamada “Actualizaciones regulatorias 2026”.


Puede utilizarse como detonador para revisar el portafolio completo de productos.


Las empresas deberían identificar qué aditivos utilizan, dónde se utilizan, cuáles tienen límites establecidos, cuáles operan bajo BPF, qué documentación respalda su utilización y cuándo fue la última vez que se realizó una evaluación regulatoria completa de cada formulación.


Para compañías con decenas o cientos de productos, incluso podría ser conveniente construir una matriz maestra de aditivos que permita relacionar sustancia, función tecnológica, producto, categoría, concentración utilizada, límite aplicable y fundamento regulatorio.


Esto transforma el cumplimiento de un ejercicio reactivo en un verdadero sistema de control.


El mensaje para la industria


La publicación del nuevo Acuerdo de aditivos representa una de esas actualizaciones regulatorias que pueden parecer exclusivamente documentales, pero cuyas implicaciones llegan directamente a la formulación de los alimentos.


Para fabricantes, importadores y desarrolladores de productos, este es el momento de comparar las formulaciones actuales contra el nuevo marco y detectar posibles diferencias antes de que se conviertan en un problema.


Porque en materia de aditivos, conocer que una sustancia está autorizada es solamente el principio.


Lo verdaderamente importante es demostrar que está siendo utilizada correctamente.

Consulta la publicación oficial


El nuevo Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias fue publicado por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2026.


Mantente informado sobre cambios regulatorios, inocuidad y tendencias que impactan a la industria de alimentos en Revista Inocuidad y Vida.


Acuerdo de aaditivos

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